8M | Derechos y cuidado entre mujeres y disidencias.
Me parece que hoy tenemos una excelente oportunidad para pensar en los derechos, las violencias digitales y la importancia de cuidarnos entre mujeres y diversidades.
Porque cada 8 de marzo, en el marco del Día Internacional de la Mujer, se abre un espacio social y político para reflexionar sobre los derechos de las mujeres y de las diversidades, los avances logrados y también los desafíos, que aún persisten, frente a las distintas formas de violencia por motivos de género.
Este día no se trata solo de una conmemoración simbólica.
También es una oportunidad para informarnos, reconocer derechos y fortalecer redes de cuidado.
Conocer las leyes que nos protegen, es una herramienta fundamental para prevenir situaciones de violencia y acompañar a quienes las atraviesan.
En Argentina, contamos con marcos legales importantes que buscan garantizar una vida libre de violencias.
El derecho a una vida libre de violencias.
La Ley 26.485 establece la protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los distintos ámbitos donde desarrollan sus relaciones interpersonales.
Esta normativa reconoce que la violencia de género no ocurre solo en el ámbito doméstico, sino que puede manifestarse en muchos espacios de la vida cotidiana:
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en el hogar.
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en el trabajo.
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en instituciones.
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en espacios públicos.
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en los medios de comunicación.
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y también en entornos digitales.
Esta ley define distintos tipos de violencia como: la violencia psicológica, física, sexual, económica y simbólica, entendiendo que todas estas formas afectan la autonomía, la dignidad y la integridad de las personas.
En los últimos años, el avance de las tecnologías y el uso masivo de redes sociales, generaron nuevos escenarios donde también se reproducen las violencias de género.
Frente a esto surgió la necesidad de ampliar la legislación existente.
Violencia digital: cuando la violencia también ocurre en las redes.
¿Sabías que en 2023 se sancionó la Ley 27.736, conocida como Ley Olimpia, que modifica la Ley 26.485 incorporando la violencia digital o telemática como una modalidad de violencia contra las mujeres?
Esta ley define la violencia digital como toda acción u omisión basada en el género que se realiza mediante tecnologías de la información y la comunicación con el objetivo de causar daño físico, psicológico, económico, sexual o moral a las mujeres.
Esto también abarca los derechos de la comunidad LGTBQ+; más adelante lo amplío.
Ahora bien, recordemos que las violencias pueden ocurrir tanto en el ámbito privado como en el público.
Algunas formas de violencia digital pueden ser:
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Difundir imágenes o videos íntimos sin consentimiento.
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Amenazar o extorsionar con material privado.
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Hostigar o acosar de manera reiterada en redes sociales.
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Suplantar identidades para dañar la reputación de una persona.
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Publicar datos personales con el objetivo de exponer o generar ataques.
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Realizar campañas de humillación o agresión digital.
Muchas veces, estas situaciones son minimizadas bajo la idea de que “solo ocurren en internet”.
Sin embargo, las consecuencias pueden ser profundas y afectar la vida social, emocional, laboral y familiar de las personas.
Reconocer estas prácticas como violencia, es un paso fundamental para nombrarlas, denunciarlas y prevenirlas.
Derechos de las diversidades de género.
Como mencionaba, si bien la legislación menciona específicamente a las mujeres, la problemática de las violencias por motivos de género debe interpretarse también a la luz de la Ley 26.743.
Esta ley reconoce el derecho de todas las personas a ser tratadas de acuerdo con su identidad de género autopercibida, garantizando el respeto a su identidad, nombre y expresión de género.
Desde esta perspectiva, las protecciones frente a las violencias también se extienden a personas LGBTI+, ya que las agresiones digitales o presenciales muchas veces se dirigen contra identidades que desafían los mandatos tradicionales de género.
Por eso, hablar de violencias por motivos de género implica reconocer la diversidad de experiencias y promover una mirada inclusiva basada en los derechos humanos.
La importancia de construir redes de cuidado.
Más allá de las leyes, la prevención de la violencia también se construye en lo cotidiano.
Las redes de apoyo entre mujeres y diversidades cumplen un papel fundamental para detectar situaciones de riesgo, acompañar procesos y sostener a quienes atraviesan experiencias de violencia.
Cuidarnos entre nosotras implica desarrollar prácticas de solidaridad y respeto.
Algunas acciones simples que pueden marcar la diferencia son:
La prevención también comienza con la información.
Hablar de violencia de género no es sencillo, pero el silencio muchas veces favorece que estas situaciones se perpetúen.
La información, la educación y la construcción de vínculos respetuosos son herramientas fundamentales para avanzar hacia una sociedad más justa, donde todas las personas puedan vivir con dignidad y sin miedo.
El 8 de marzo nos invita a recordar que los derechos conquistados son el resultado de luchas colectivas y que su defensa requiere compromiso social permanente.
Para reflexionar...
Te invito a pensar:
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¿Sabías que la violencia digital está reconocida por la ley?
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¿Qué prácticas cotidianas podemos cambiar para generar espacios digitales más respetuosos?
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¿Cómo podemos fortalecer redes de apoyo entre mujeres y diversidades en nuestra comunidad?
💢Compartir experiencias, informarnos y acompañarnos también forma parte de la construcción de una sociedad libre de violencias.
💖Si querés, podemos seguir conversando: tu voz también es importante en esta reflexión colectiva.
💜Nos encontramos en mi consultorio psicopedagógico online.
💚No olvides que sos importante.
😉Gracias por leerme!
😉Gracias por construir conmigo este espacio de reflexión
🌈 Y si querés, contame: ¿Qué te gustaría que el próximo artículo profundice?


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